Calendario de vencimientos DGI y BPS 2026 (empresas)
Operar una empresa en Uruguay implica cumplir con obligaciones fiscales y de seguridad social en fechas específicas. Conocer el calendario de vencimientos de DGI y BPS te permite planificar el flujo de caja, evitar multas y recargos, y mantener la situación tributaria de tu empresa al día. Ya sea que acabés de crear empresa en Uruguay o estés gestionando una operación en marcha, contar con las fechas clave de 2026 es fundamental para organizar tu gestión administrativa. En este artículo encontrarás el calendario completo de vencimientos para empresas, mes a mes, incluyendo IRAE, IVA, anticipos, ICOSA y aportes al BPS. El objetivo es que tengas una referencia práctica y precisa para cumplir con tus obligaciones fiscales sin sorpresas, independientemente de si operás con una SRL, sociedad anónima, SAS o empresa unipersonal.
Principales obligaciones fiscales y de seguridad social de las empresas
Antes de entrar en el calendario detallado, es importante entender qué obligaciones debés cumplir y en qué consisten. Las empresas en Uruguay están sujetas a distintos tributos y aportes según su actividad, estructura y facturación. El IRAE (Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas) grava las utilidades empresariales con una tasa del 25% sobre la renta fiscal. Se liquida anualmente, pero la DGI exige pagos a cuenta mensuales o trimestrales según corresponda.
El IVA (Impuesto al Valor Agregado) se aplica sobre la venta de bienes y servicios, con tasas básicas del 22% y 10% según el tipo de operación. La mayoría de las empresas lo liquidan mensualmente, declarando el impuesto recaudado y deduciendo el IVA de compras. El ICOSA (Impuesto de Control de las Sociedades Anónimas) es un tributo que solo pagan las sociedades anónimas y unidades cooperarias, que consiste en un mínimo anual que se paga en cuatro cuotas trimestrales. Las SAS, SRL y empresas unipersonales no están alcanzadas por este impuesto.
Por el lado del BPS, las empresas deben realizar aportes patronales mensuales por cada empleado, que se calculan sobre los salarios nominales. Estos aportes financian jubilaciones, prestaciones de salud y seguros sociales. Además, la empresa retiene los aportes personales del trabajador y los transfiere al BPS junto con los patronales. El vencimiento es mensual y la fecha depende del último dígito del número de BPS de la empresa.
Anticipos y pagos a cuenta: cómo funcionan
El sistema tributario uruguayo funciona con anticipos, es decir, pagos adelantados del impuesto que luego se ajustan en la liquidación anual. En el caso del IRAE, las empresas realizan pagos a cuenta mensuales (grandes contribuyentes) o trimestrales (pequeñas empresas), calculados sobre la base de la renta presunta o el resultado del ejercicio anterior. Estos anticipos se descuentan del IRAE final al cierre del ejercicio.
En el caso del IVA, el régimen es de liquidación mensual, donde el saldo a favor de DGI se paga cada mes y el saldo a favor del contribuyente se puede compensar o devolver en ciertos casos. Es importante que tengas claro si tu empresa está inscrita en el régimen de contabilidad suficiente o régimen de pequeña empresa, porque eso determina el tratamiento del IVA y los plazos aplicables.
Calendario mes a mes de vencimientos DGI 2026
El calendario de vencimientos de DGI se estructura según el último dígito del RUT de la empresa. Para el año 2026, los vencimientos generales de IVA y anticipos mensuales siguen el esquema habitual: los días 20 a 29 de cada mes (excepto diciembre, donde se adelantan). A continuación, el detalle mes a mes de las principales obligaciones para empresas contribuyentes de IRAE e IVA.
Enero 2026: vencimiento de IVA diciembre 2025 (días 20 a 29 según RUT), anticipo mensual de IRAE diciembre 2025 (mismas fechas). Las empresas con cierre de ejercicio al 31 de diciembre deben presentar la declaración jurada anual de IRAE antes del 30 de abril (en la práctica, empresas con cierre calendario cuentan con cuatro meses desde el cierre).
Febrero 2026: IVA enero 2026 y anticipo IRAE enero (días 20 a 28). Segundo vencimiento de Impuesto al Patrimonio (IP) empresarial, si la empresa está alcanzada.
Marzo 2026: IVA febrero y anticipo IRAE febrero (días 20 a 29). Primera cuota de ICOSA para sociedades anónimas, con vencimiento habitualmente a fin de mes.
Abril 2026: IVA marzo y anticipo IRAE marzo (días 20 a 29). Vencimiento de la declaración jurada anual de IRAE para empresas con cierre al 31/12/2025 (normalmente 30 de abril).
Mayo 2026: IVA abril y anticipo IRAE abril (días 20 a 29). Tercer vencimiento de Impuesto al Patrimonio.
Junio 2026: IVA mayo y anticipo IRAE mayo (días 20 a 29). Segunda cuota de ICOSA para SA.
Julio 2026: IVA junio y anticipo IRAE junio (días 20 a 29). Empresas con cierre al 30/06 deben presentar IRAE antes del 31 de octubre.
Agosto 2026: IVA julio y anticipo IRAE julio (días 20 a 29). Cuarto vencimiento de IP.
Septiembre 2026: IVA agosto y anticipo IRAE agosto (días 20 a 29). Tercera cuota de ICOSA para SA.
Octubre 2026: IVA septiembre y anticipo IRAE septiembre (días 20 a 29). Vencimiento de declaración jurada anual de empresas con cierre al 30/06.
Noviembre 2026: IVA octubre y anticipo IRAE octubre (días 20 a 29). Primer vencimiento de IP 2027 (año siguiente).
Diciembre 2026: IVA noviembre y anticipo IRAE noviembre (días 20 a 29, pero con ajustes por feriados). Cuarta cuota de ICOSA para SA. Las empresas con cierre al 31/12 deben preparar el cierre contable y planificar la presentación de IRAE 2026 para abril 2027.
Consideraciones especiales sobre plazos y feriados
Los vencimientos pueden sufrir ajustes cuando caen en día feriado o inhábil. La DGI establece que en esos casos el vencimiento se traslada al día hábil siguiente. Es importante revisar cada mes el calendario oficial en el sitio de DGI, especialmente en períodos de fin de año, Semana de Turismo y feriados nacionales. Además, las empresas que tienen regímenes especiales (zonas francas, beneficiarios de promoción de inversiones) pueden tener calendarios diferenciados o exoneraciones parciales.
Calendario de vencimientos BPS 2026
El BPS establece un calendario mensual de vencimientos para aportes patronales y personales, que depende del último dígito del número de empresa en BPS. El rango habitual de vencimientos va del día 10 al 25 de cada mes. A diferencia de DGI, donde el vencimiento depende del RUT, en BPS el número asignado es independiente y lo recibís al inscribirte como empleador.
Cada mes, la empresa debe presentar la nómina de trabajadores y declarar los salarios del mes anterior. El pago de aportes se realiza en la misma fecha de vencimiento. Por ejemplo, los aportes de enero 2026 (salarios de enero) vencen entre el 10 y el 25 de febrero según tu número de BPS. Es fundamental cumplir en fecha, porque los recargos por mora son significativos y acumulativos.
Además de los aportes mensuales, las empresas deben estar atentas a la liquidación anual del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), si corresponde, aunque este tributo afecta principalmente a personas físicas. En el caso de trabajadores con altos salarios nominales, puede haber retenciones específicas que la empresa debe gestionar.
Errores frecuentes en el pago de aportes BPS
Uno de los errores más comunes es declarar salarios nominales incorrectos, omitiendo conceptos como horas extras, partidas especiales o aguinaldo. Esto genera observaciones del BPS y reclamos retroactivos. Otro error frecuente es no dar de alta a tiempo a un nuevo empleado, lo que implica multas y la obligación de regularizar aportes con recargos. También es común confundir el mes de devengado con el mes de pago: los aportes se pagan al mes siguiente del devengado.
Cómo organizarte para cumplir con todos los vencimientos
Llevar el control de vencimientos fiscales y de seguridad social requiere organización y herramientas adecuadas. La recomendación es que implementes un sistema de gestión contable que registre automáticamente las obligaciones y genere recordatorios. Muchas empresas trabajan con contadores externos que asumen esta responsabilidad, pero es importante que como titular o directorio de la empresa tengas visibilidad sobre los compromisos y los flujos de pago.
Una buena práctica es mantener una cuenta separada para obligaciones fiscales y provisionar mensualmente el monto estimado de IVA, IRAE y BPS. Esto evita que al momento del vencimiento no haya fondos disponibles. Además, te permite proyectar tu flujo de caja con mayor precisión. Recordá que el incumplimiento en los pagos genera no solo recargos, sino también riesgo de bloqueo de certificados fiscales (DGI) y de habilitaciones (BPS), lo que puede afectar tu operativa comercial.
Si estás evaluando qué estructura legal conviene elegir, considerá que la carga administrativa varía según el tipo de empresa. Una SAS no paga ICOSA, lo que simplifica el calendario respecto de una SA. Las empresas más pequeñas suelen beneficiarse de regímenes especiales con liquidaciones trimestrales en lugar de mensuales, lo que reduce la frecuencia de obligaciones. En todo caso, es recomendable evaluar el costo total de mantenimiento de la empresa antes de decidir la estructura.
Herramientas y recursos oficiales
La DGI ofrece servicios en línea que permiten consultar vencimientos, generar formularios y realizar pagos electrónicos. El portal e-BPS cumple la misma función para aportes de seguridad social. Ambas plataformas envían alertas por correo electrónico si las configurás correctamente. Además, existen aplicaciones y planillas descargables que facilitan el control mensual. Aprovechá estos recursos para reducir el riesgo de olvidos y errores.
Preguntas Frecuentes
¿Qué pasa si no pago los impuestos en la fecha de vencimiento?
El incumplimiento genera recargos automáticos que se calculan diariamente según las tasas establecidas por DGI y BPS. Además, perdés la condición de «al día» en los certificados fiscales, lo que puede impedirte participar en licitaciones, operar con el Estado o acceder a créditos. En casos de mora prolongada, DGI puede iniciar ejecuciones fiscales y embargar cuentas o bienes de la empresa. La recomendación es siempre regularizar cuanto antes y, si tenés dificultades de pago, gestionar un plan de facilidades.
¿Las SAS y las SRL tienen las mismas obligaciones fiscales?
Sí, ambas estructuras tributan IRAE e IVA de la misma manera y tienen las mismas obligaciones de aportes al BPS. La diferencia principal es que las SA pagan ICOSA (cuatro cuotas anuales) mientras que las SAS y SRL están exentas de este tributo. En términos de calendario de vencimientos de DGI y BPS, no hay diferencias entre SRL, SAS o empresa unipersonal, salvo el ICOSA que solo afecta a las SA.
¿Puedo cambiar la fecha de vencimiento de mi empresa?
No. La fecha de vencimiento en DGI está determinada por el último dígito de tu RUT, que es asignado al momento de la inscripción y no se puede modificar. En BPS, el número de empresa también es asignado automáticamente. Lo que sí podés hacer es planificar tu flujo de caja en función de esas fechas fijas y organizarte para cumplir sin inconvenientes.
Conclusión
Mantener al día el calendario de vencimientos de DGI y BPS es una de las tareas administrativas más importantes para cualquier empresa que opera en Uruguay. Conocer las fechas de IVA, IRAE, ICOSA (si corresponde) y aportes patronales te permite planificar el flujo de caja, evitar recargos innecesarios y mantener tu empresa en regla ante los organismos de control. Ya sea que operes con una SAS, SRL, sociedad anónima o empresa unipersonal, la disciplina en el cumplimiento de estos plazos es clave para proteger tu certificado de estar al día y tu reputación fiscal. En sociedadesanonimas.uy acompañamos a nuestros clientes no solo en la constitución de la empresa, sino también en la gestión contable y el seguimiento de vencimientos ante DGI y BPS, para que puedas enfocarte en tu actividad sin preocuparte por los plazos administrativos. Si necesitás ayuda para organizar el calendario fiscal de tu empresa o querés asesoramiento sobre qué estructura te conviene según tu carga administrativa, agendá una consulta con nuestro equipo.
