Tipos de empresas en Uruguay: guía completa 2026
Respuesta rápida. En Uruguay existen dos grandes caminos para hacer negocios: operar como empresa unipersonal (una persona física, responsabilidad ilimitada) o constituir una sociedad comercial. Las cuatro formas más usadas son la SAS (sociedad por acciones simplificada), la SRL (sociedad de responsabilidad limitada), la SA (sociedad anónima) y la propia unipersonal. Para la mayoría de los emprendimientos nuevos, la SAS es hoy la opción más ágil (un solo socio, 100 % online, sin ICOSA); la SRL sigue siendo la clásica entre socios de confianza; y la SA se reserva para estructuras grandes, con accionistas o que cotizan. La elección correcta depende de cuántos socios sean, cuánta protección patrimonial necesites, tu carga impositiva esperada y si hay capital extranjero.
Esta guía cubre todas las formas jurídicas vigentes en Uruguay —no solo las cuatro habituales— con sus requisitos, tributación, costos orientativos 2026 y casos de uso, para que elijas con criterio. Es una guía informativa; antes de constituir, consultá tu caso puntual con un escribano o abogado.
1. Cómo se clasifican las empresas en Uruguay
Antes de elegir una forma jurídica conviene entender que «tipo de empresa» puede referirse a tres clasificaciones distintas. Solo la tercera —la forma jurídica— es la que definís al constituir.
Por tamaño (clasificación MIPYME)
El Decreto 504/007 clasifica a las empresas según personal ocupado y facturación anual en Unidades Indexadas (UI):
| Categoría | Personal | Facturación anual (UI) |
|---|---|---|
| Microempresa | hasta 4 | hasta 2.000.000 |
| Pequeña | hasta 19 | hasta 10.000.000 |
| Mediana | hasta 99 | hasta 75.000.000 |
| Grande | 100 o más | más de 75.000.000 |
Esta clasificación no se «elige»: surge de tus números y determina el acceso a ciertos beneficios y regímenes (por ejemplo, el régimen de pequeña empresa de DGI). El valor de la UI se actualiza cada año → ver Valores 2026: BPC, UI, UR y patrimonio.
Por responsabilidad del titular
- Responsabilidad ilimitada: el patrimonio personal responde por las deudas del negocio (unipersonal, sociedad colectiva, sociedad de hecho).
- Responsabilidad limitada: el riesgo se acota al capital aportado (SAS, SRL, SA, cooperativas).
Esta es, en la práctica, la decisión más importante: define cuánto de tu patrimonio personal queda expuesto.
Por forma jurídica
Es la que constituís formalmente. Es el foco de esta guía y la desarrollamos una por una a continuación.
2. Empresa unipersonal
Una empresa unipersonal no es una sociedad: es una persona física que realiza actividad económica a su nombre. No hay separación entre el patrimonio de la persona y el del negocio.
| Titulares | 1 (persona física) |
| Responsabilidad | Ilimitada (responde el patrimonio personal) |
| Capital mínimo | No requiere |
| Personería jurídica | No (opera la persona física) |
| Constitución | Inscripción directa en DGI y BPS, sin escritura |
| Tiempo | Días |
| Tributación | IRAE o, si califica, régimen de pequeña empresa / monotributo |
Ideal para: profesionales independientes, freelancers, comercios chicos y quienes prueban un negocio con bajo riesgo y baja facturación.
Limitación clave: no protege el patrimonio personal y no permite incorporar socios. Cuando el negocio crece, lo habitual es transformarse en SAS o SRL.
→ Empresa unipersonal en Uruguay · Régimen de pequeña empresa
3. SAS — Sociedad por Acciones Simplificada
Creada por la Ley 19.820 (2019), la SAS combina la flexibilidad de la SRL con la lógica de acciones de la SA. Es hoy la forma preferida para emprender.
| Socios | Desde 1, sin máximo |
| Responsabilidad | Limitada al aporte |
| Capital | Sin mínimo legal; integración flexible |
| Representación del capital | Acciones |
| Constitución | 100 % digital, sin escritura pública obligatoria |
| Tiempo | Puede ser en el día |
| ICOSA | No paga (ventaja frente a la SA) |
| Tributación | IRAE (régimen general) |
Ventajas: un solo socio, trámite online, sin ICOSA, estatutos flexibles, transición simple a inversores.
A tener en cuenta: es una figura relativamente nueva; algunas operativas tradicionales (ciertos bancos, contrapartes conservadoras) todavía piden SA o SRL.
Ideal para: startups, negocios digitales, software, freelancers que quieren responsabilidad limitada, y emprendedores que prevén entrada de inversores.
→ Cómo crear una SAS en Uruguay · SAS vs SRL · SAS para startups
4. SRL — Sociedad de Responsabilidad Limitada
Regulada por la Ley 16.060, es la sociedad clásica para emprendimientos con pocos socios que se conocen.
| Socios | De 2 a 50 |
| Responsabilidad | Limitada al aporte (con matices laborales/tributarios) |
| Capital | Integración del 50 % en dinero / 100 % en aportes en especie |
| Representación del capital | Cuotas sociales (no acciones) |
| Constitución | Contrato social + inscripción en el Registro y publicaciones |
| Transferencia | Cesión de cuotas (más rígida que las acciones) |
| Tributación | IRAE (o pequeña empresa si califica) |
Ventajas: figura conocida y aceptada por todos los bancos y contrapartes; bueno para socios estables.
A tener en cuenta: transferir cuotas es más engorroso que transferir acciones; tope de 50 socios.
Ideal para: negocios familiares, sociedades entre 2-5 socios de confianza, pymes operativas.
→ Cómo crear una SRL en Uruguay · SRL vs SA · Cambiar socios en una SRL
5. SA — Sociedad Anónima
También de la Ley 16.060, es la estructura corporativa por excelencia: capital en acciones, gobierno por directorio y asamblea.
| Accionistas | Mínimo 2 (admite unipersonalidad sobreviniente) |
| Responsabilidad | Limitada al aporte |
| Capital | Suscripción mínima 50 % e integración mínima 25 % del capital en efectivo |
| Representación del capital | Acciones (nominativas) |
| Gobierno | Directorio + asamblea de accionistas |
| Constitución | Escritura + aprobación de la AIN + inscripción + publicaciones |
| Tiempo | Más lento que SAS/SRL (control estatal previo) |
| ICOSA | Sí paga (impuesto de control anual) |
| Tributación | IRAE + ICOSA + impuesto al patrimonio |
Tipos: SA abierta (cotiza / hace oferta pública) y SA cerrada (la mayoría de los negocios).
Ventajas: máxima aceptación institucional, acciones fácilmente transferibles, ideal para múltiples inversores y holdings.
A tener en cuenta: mayor costo y carga formal (ICOSA, asambleas, libros, control AIN).
Ideal para: empresas con varios accionistas, grupos económicos, holdings, proyectos que buscan inversión o que operan en sectores regulados.
→ Cómo constituir una SA en Uruguay · ICOSA 2026 · Nombrar director de SA · Holding en Uruguay
6. Otras sociedades personales (menos frecuentes)
La Ley 16.060 prevé varias formas hoy poco usadas, pero que conviene conocer:
- Sociedad colectiva: todos los socios responden de forma solidaria e ilimitada. Máxima confianza entre socios; mínima protección patrimonial. → Sociedad colectiva
- Sociedad en comandita simple: dos clases de socios — comanditados (responsabilidad ilimitada, gestionan) y comanditarios (responsabilidad limitada al aporte, no gestionan). → Sociedad en comandita
- Sociedad en comandita por acciones: igual lógica, pero el capital de los comanditarios se divide en acciones.
- Sociedad de capital e industria: un socio aporta capital y otro su trabajo («industria»).
- Sociedad de hecho: sociedad sin contrato escrito ni inscripción. Funciona, pero con alto riesgo legal y responsabilidad ilimitada; lo recomendable es regularizarla. → Sociedad de hecho: riesgos y regularización
Ideal para: casos muy puntuales. En general, para un negocio nuevo se desaconsejan frente a SAS/SRL por la exposición patrimonial.
7. Cooperativas
Reguladas por la Ley 18.407, son entidades de propiedad y gestión colectiva, sin fines de lucro en sentido tradicional. Existen cooperativas de trabajo, de consumo, de vivienda, agrarias, etc. Cuentan con beneficios fiscales específicos y un mínimo de socios según el tipo.
Ideal para: grupos de trabajadores o productores que se organizan colectivamente.
→ Cooperativa de trabajo en Uruguay
8. Estructuras avanzadas (no son «tipos» pero se usan con empresas)
Estas figuras no sustituyen a la sociedad, sino que se montan sobre ella para fines de protección, agrupación o inversión:
- Fideicomiso: un patrimonio de afectación administrado por un fiduciario; útil para garantía, administración e inversión inmobiliaria. → Fideicomiso de garantía
- Holding: una sociedad (normalmente SA) que controla otras; centraliza la propiedad y optimiza dividendos y protección de activos. → Holding empresarial
- Grupo de Interés Económico (GIE): vehículo para que varias empresas cooperen sin fusionarse. → GIE
- Consorcio: unión temporal de empresas para un proyecto u obra concreta (típico en construcción y licitaciones). → Consorcio empresarial
Para planificación patrimonial internacional, fondos o licencias financieras del BCU de alto nivel, estas estructuras se diseñan junto a especialistas en estructuración fiscal y patrimonial cross-border.
9. Sucursal de sociedad extranjera
Una empresa del exterior puede operar en Uruguay sin crear una sociedad nueva, registrando una sucursal. La sucursal no tiene personería propia: es la misma sociedad extranjera operando localmente, con representante legal, contabilidad separada e inscripción en el Registro.
Ideal para: multinacionales que quieren presencia local manteniendo la matriz en el exterior.
Alternativa: constituir una filial uruguaya (SA/SRL/SAS) como persona jurídica independiente, que suele dar más flexibilidad y protección.
→ Inscripción de sociedad extranjera · Abrir empresa siendo extranjero
10. Cómo tributa cada tipo de empresa
La forma jurídica influye, pero la mayoría de las empresas comparten el mismo núcleo impositivo:
- IRAE — Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas: 25 % sobre la renta neta fiscal. Lo pagan SA, SRL, SAS y unipersonales en régimen general. → IRAE: qué es y cómo se calcula
- IVA — 22 % tasa básica / 10 % tasa mínima; las exportaciones de servicios pueden estar exoneradas. → IVA para empresas
- Impuesto al Patrimonio — sobre el patrimonio fiscal de la empresa (relevante sobre todo en SA y estructuras con activos). → Impuesto al patrimonio
- ICOSA — impuesto de control exclusivo de las SA (la SAS y la SRL no lo pagan). → ICOSA 2026
- IRPF — alcanza a socios y directores por dividendos y honorarios. → IRPF para socios y directores
- Régimen de pequeña empresa / monotributo — para baja facturación, simplifica y reduce la carga. → Régimen de pequeña empresa
Uruguay aplica un criterio territorial: en general se gravan las rentas de fuente uruguaya, lo que vuelve atractivas las estructuras para exportación de servicios.
11. Cuánto cuesta constituir y mantener cada una
El costo total tiene dos componentes: constitución (una vez) y mantenimiento (recurrente).
- Constitución: la unipersonal y la SAS son las más económicas (la SAS, por ser digital); la SRL suma honorarios de escribano y publicaciones; la SA es la más cara por el control de la AIN y las formalidades.
- Mantenimiento anual: contador, sede/domicilio, y —solo en la SA— el ICOSA. La SA es la más cara de mantener; la SAS, la más liviana.
Como los importes se actualizan cada año, los detallamos con cifras vigentes en guías dedicadas:
→ Costo de abrir SA, SRL o SAS 2026 · Cuánto cuesta mantener una empresa 2026
12. Empresa en el día: constituir rápido
Uruguay ofrece el régimen «Empresa en el Día», que permite constituir e inscribir una sociedad en un trámite único y, en muchos casos, en una sola jornada. La SAS se constituye de forma totalmente digital; las SRL/SA pueden usar estatutos preaprobados para acelerar el proceso. También existe la opción de comprar una sociedad ya constituida para operar de inmediato.
→ Empresa en el día: plazos y costo · Comprar una sociedad ya constituida · Venta de SAS preconstituída
13. Extranjeros y no residentes
Uruguay no exige residencia ni nacionalidad para ser socio, accionista o titular de una empresa. Un no residente puede constituir una SAS, SRL o SA, aunque hay puntos prácticos a resolver:
- Director/representante local: ciertas operativas y la SA suelen requerir presencia local. → Directorio local
- Cuenta bancaria empresarial: parte del proceso de puesta en marcha. → Apertura de cuenta empresarial
- Beneficiario final: declaración obligatoria ante el BCU. → Beneficiario final
- Residencia fiscal: opcional, pero clave si además te mudás. → Residencia fiscal para empresarios
→ Hub relacionado: Abrir empresa en Uruguay siendo extranjero
14. Cómo elegir el tipo de empresa (árbol de decisión)
Una guía rápida según tu situación:
- ¿Vas a operar solo, con bajo riesgo y baja facturación? → Unipersonal (y régimen de pequeña empresa si calificás).
- ¿Querés responsabilidad limitada, agilidad y trámite online —solo o con socios? → SAS.
- ¿Sos 2 a 50 socios estables y querés la figura más aceptada por bancos? → SRL.
- ¿Tenés varios inversores, querés acciones transferibles o armás un holding? → SA.
- ¿Sos una empresa extranjera que solo quiere presencia local? → Sucursal o filial (SA/SRL/SAS).
- ¿Es un proyecto colectivo de trabajadores/productores? → Cooperativa.
15. Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tipo de empresa más usado en Uruguay para emprender?
Para emprendimientos nuevos, la SAS se volvió la opción más elegida por su agilidad (un solo socio, 100 % online y sin ICOSA). La SRL sigue siendo muy común entre socios estables y la SA para estructuras grandes.
¿Qué empresa protege mi patrimonio personal?
Las de responsabilidad limitada: SAS, SRL, SA y cooperativas. La unipersonal, la sociedad colectiva y la de hecho no protegen tu patrimonio personal.
¿Un extranjero puede abrir una empresa en Uruguay?
Sí. No se exige residencia ni nacionalidad para ser titular. Hay que resolver director/representante local, cuenta bancaria y la declaración de beneficiario final.
¿Qué diferencia a la SAS de la SA?
La SAS admite un solo socio, se constituye online, no paga ICOSA y es más flexible. La SA requiere mínimo dos accionistas, control previo de la AIN y paga ICOSA, pero ofrece la máxima aceptación institucional.
¿Cuánto tarda constituir una empresa?
Con «Empresa en el Día», una SAS puede quedar constituida en la jornada. La SRL lleva algunos días y la SA, semanas por el control estatal previo.
¿Qué impuestos paga una empresa en Uruguay?
El núcleo es IRAE (25 %) e IVA (22 %/10 %); las SA suman ICOSA e impuesto al patrimonio. Socios y directores tributan IRPF por dividendos y honorarios.
Fuentes oficiales
- DGI — Dirección General Impositiva (tributos y registro)
- BPS — Banco de Previsión Social (seguridad social)
- AIN — Auditoría Interna de la Nación (control de sociedades anónimas)
- BCU — Banco Central del Uruguay (beneficiario final)
- Ley 16.060 (Sociedades Comerciales) · Ley 19.820 (SAS) · Ley 18.407 (Cooperativas) · Decreto 504/007 (MIPYMES)
- Uruguay XXI — Guía del inversor
Guía actualizada en 2026 con fines informativos. No sustituye asesoramiento legal o tributario para un caso concreto.
