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01 Jul 2026 · 11 min de lectura

Sociedad de profesionales en Uruguay: cómo facturar

SA
Equipo Sociedades Anónimas

Profesionales que trabajan en equipo

Muchos profesionales —contadores, abogados, arquitectos, psicólogos, ingenieros, médicos, consultores— llega un momento en que deciden trabajar en conjunto: compartir costos, derivarse clientes, firmar proyectos de mayor envergadura o simplemente dividir el riesgo y las responsabilidades. La pregunta que surge inmediatamente es cómo hacerlo bien desde lo legal, fiscal y operativo. ¿Conviene mantenerse como trabajadores independientes y facturar por separado? ¿Es mejor crear empresa en Uruguay para el estudio o consultorio? ¿Qué estructura legal es la más adecuada? ¿Qué implica tributariamente? Este artículo está pensado para profesionales que ya decidieron asociarse y están resolviendo el «cómo»: qué opciones existen, cuál conviene según el caso, qué impuestos aplican y qué trámites se deben cumplir ante DGI, BPS y demás organismos. La elección correcta no solo ordena la operación diaria, sino que previene conflictos futuros, optimiza la carga fiscal dentro del marco legal y facilita el crecimiento del estudio o la práctica profesional.

Formas de asociarse y facturar como profesionales

En Uruguay, los profesionales pueden organizarse de varias formas para prestar servicios y emitir facturas. La opción más sencilla es mantenerse como trabajador independiente: cada profesional factura por separado con su propio número de RUT, cobra honorarios y tributa IRAE (25% sobre la renta neta) e IRPF cuando corresponda. Esta modalidad es válida mientras no exista una estructura societaria formal ni patrimonio común afectado. Sin embargo, cuando el vínculo se vuelve permanente, hay un nombre comercial compartido, se dividen ingresos o se asumen obligaciones en conjunto, resulta conveniente formalizar la asociación mediante una sociedad.

Los tipos de empresas en Uruguay permiten elegir entre varias estructuras. Las más utilizadas por profesionales son la SRL (Sociedad de Responsabilidad Limitada), la SAS (Sociedad por Acciones Simplificada) y, en menor medida, la sociedad anónima. También existe la opción de la empresa unipersonal para quien ejerce solo, aunque este artículo se enfoca en la asociación entre dos o más profesionales.

Una vez constituida la sociedad, la facturación se realiza a nombre de la persona jurídica, que tiene su propio RUT y es contribuyente de IRAE e IVA. Los socios-profesionales pueden recibir remuneración de dos formas: como directores (remuneración por servicios, sujeta a IRPF y aportes a BPS) o mediante distribución de utilidades (no sujeta a IRPF pero sí a retención de IRAE si corresponde). La elección entre una u otra forma, o la combinación de ambas, tiene implicancias fiscales y previsionales que deben analizarse en cada caso particular.

Qué estructura legal conviene para un estudio profesional

La pregunta clave es qué estructura legal conviene elegir para un estudio de profesionales. En la mayoría de los casos, la SRL y la SAS son las opciones más adecuadas. Ambas limitan la responsabilidad de los socios al capital aportado, pueden constituirse con dos o más socios, y resultan suficientes para la operación diaria de un estudio, consultorio o firma de servicios profesionales.

SRL: flexibilidad y formalidad probada

La SRL es una estructura tradicional, regulada por la ley 16.060, que ofrece flexibilidad en la organización interna y permite pactar libremente los derechos y obligaciones de los socios en el contrato social. Requiere escritura pública y registro en la Dirección General de Registros (AIN), con un costo de constitución moderado. No exige capital mínimo, aunque es habitual aportar un monto simbólico o el valor de los bienes afectados a la actividad profesional. La administración puede ser ejercida por uno o más socios, y las decisiones se toman en reunión de socios conforme lo establece el contrato. Para estudios medianos o grandes, o cuando se prevé la entrada futura de nuevos socios o inversores externos, la SRL ofrece solidez y reconocimiento institucional.

SAS: rapidez, costo menor y simplificación

La SAS, creada por la ley 19.820, es una sociedad por acciones simplificada que puede constituirse totalmente online y comenzar a operar el mismo día mediante el régimen de «empresa en el día». No requiere capital mínimo, no paga ICOSA (Impuesto de Control de Sociedades Anónimas) y su administración es más simple: puede ser ejercida por un solo director o un directorio reducido. La SAS está regulada por estatutos tipo y admite personalización parcial. Es ideal para estudios pequeños o de reciente formación, cuando se busca agilidad y costos de constitución y mantenimiento bajos. Además, existe el servicio de venta de SAS preconstituída, que permite adquirir una sociedad lista para usar y cambiar los socios y directores en el acto.

La elección entre SRL y SAS depende del perfil del estudio, la proyección de crecimiento, el perfil de los socios y la necesidad de flexibilidad contractual. Ambas cumplen perfectamente con la operación de un estudio profesional; la diferencia está en el tiempo, el costo y el grado de personalización del pacto social. No existe una respuesta única: conviene analizar cada caso con criterio práctico y apoyo profesional.

Tributación de los honorarios profesionales facturados por la sociedad

Una vez constituida la sociedad, los ingresos que percibe por la prestación de servicios profesionales están gravados por IRAE (Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas) a la tasa del 25% sobre la renta neta. La renta neta se determina restando de los ingresos todos los gastos necesarios para obtenerlos y conservarlos: alquileres, sueldos, servicios, seguros, amortizaciones, entre otros. La sociedad debe llevar contabilidad suficiente, presentar balances anuales y declaraciones juradas mensuales ante DGI.

Además del IRAE, la sociedad debe facturar con IVA incluido cuando corresponda. La tasa básica es del 22%, aunque existen tasas diferenciales (10% para servicios exportados o determinadas actividades). Los profesionales que prestan servicios a clientes finales deben emitir facturas electrónicas con IVA, liquidarlo mensualmente y pagarlo contra el IVA compras. No obstante, existen servicios profesionales exonerados o no gravados por IVA según su naturaleza y destinatario, por lo cual es fundamental verificar la normativa vigente para cada actividad.

Retenciones y pagos a cuenta

Los honorarios facturados a ciertos clientes (organismos públicos, grandes empresas, contribuyentes de IRAE) pueden estar sujetos a retenciones a cuenta de IRAE. Estas retenciones son anticipos del impuesto que la sociedad puede descontar al liquidar su IRAE anual. La tasa de retención varía según el tipo de servicio y el régimen del cliente. Por ello, la sociedad debe controlar las retenciones sufridas y computarlas correctamente en la declaración jurada.

Remuneración de los socios-profesionales

Los socios que efectivamente trabajan en el estudio pueden recibir ingresos de dos formas. La primera es mediante retribución de directores o administradores: se trata de remuneraciones por servicios personales, sujetas a IRPF y a aportes jubilatorios y de salud en BPS (como trabajador independiente o en planilla según el régimen elegido). La segunda es mediante distribución de utilidades: las utilidades netas que la sociedad decide repartir entre los socios están exentas de IRPF, pero pueden estar sujetas a retención a cuenta de IRAE si el socio es una persona jurídica o si corresponde según la normativa vigente. Muchos estudios optan por una combinación: un sueldo mensual como director y reparto de utilidades al cierre del ejercicio. Esta decisión debe tomarse con asesoramiento contable y fiscal, porque impacta directamente en la carga tributaria y previsional de cada socio.

Trámites y obligaciones para operar como sociedad de profesionales

Constituir la sociedad es solo el primer paso. Para que el estudio funcione en regla, deben cumplirse varios trámites ante los organismos públicos. El más importante es la inscripción en DGI: se obtiene el RUT, se declara la actividad (código CIIU correspondiente), se dan de alta los tributos (IRAE, IVA si corresponde, IRPF de retenciones), y se habilita la facturación electrónica. Este trámite es obligatorio antes de emitir la primera factura.

El siguiente paso es la inscripción en BPS como patronal, si la sociedad va a contratar empleados o pagar retribuciones a directores. También se debe dar de alta el estudio en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) mediante el trámite de alta patronal. Estos registros permiten emitir recibos de sueldo, liquidar aportes y cumplir con las obligaciones laborales. Además, si la sociedad opera con cuenta bancaria a su nombre, el banco exigirá la presentación de documentos constitutivos y la declaración de beneficiario final ante el Banco Central del Uruguay (BCU), cumpliendo con la normativa de prevención de lavado de activos.

Por último, hay obligaciones periódicas: declaraciones juradas mensuales de IVA e IRAE, balances anuales, pago de BPS mensual, presentación de libros societarios y actas actualizadas, y renovación anual de certificaciones cuando corresponda. El incumplimiento de estas obligaciones puede generar multas, observaciones de DGI o BPS, y dificultades para acceder a certificados de no adeudar impuestos, indispensables para licitar, exportar servicios o gestionar beneficios fiscales. Por eso, contar con acompañamiento contable y legal desde el inicio es clave para evitar errores costosos. Si estás evaluando cuánto cuesta mantener una empresa en Uruguay, recordá que el costo de mantenimiento incluye estos servicios profesionales, no solo los impuestos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo constituir una sociedad de profesionales con un solo socio?

No en el caso de SRL ni SAS: ambas requieren al menos dos socios. Si sos un profesional que trabaja solo, podés optar por una empresa unipersonal, que permite operar como persona jurídica sin necesidad de socios adicionales. Esta estructura ofrece limitación de responsabilidad y permite facturar con RUT propio, aunque tiene algunas limitaciones operativas y de crecimiento futuro.

¿Es obligatorio inscribirse en el Colegio Profesional al constituir la sociedad?

Depende de la profesión. Algunas profesiones reguladas (abogacía, contaduría, arquitectura, medicina) exigen inscripción en el Colegio o Consejo profesional correspondiente para poder ejercer legalmente. La sociedad puede requerir inscripción institucional adicional si así lo establece la normativa sectorial, y en ciertos casos los socios deben estar habilitados individualmente. Es fundamental verificar los requisitos específicos de cada profesión antes de iniciar la operación, para evitar sanciones o inhabilitaciones.

¿Qué pasa si uno de los socios deja el estudio?

El contrato social o estatuto debe prever el procedimiento de salida de un socio: compra de su participación por los socios restantes, venta a terceros, o disolución de la sociedad si no hay acuerdo. Es fundamental pactar estas cláusulas al momento de la constitución, incluyendo valuación, forma de pago y plazo de notificación. Una redacción clara del contrato evita conflictos futuros y permite resolver estas situaciones de manera ordenada, sin afectar la operación del estudio ni las obligaciones con clientes y proveedores.

Conclusión: asociate con orden legal y fiscal

Constituir una sociedad para facturar servicios profesionales en conjunto no es solo un trámite: es una decisión estratégica que ordena la operación, delimita responsabilidades, optimiza la tributación y proyecta el crecimiento del estudio. La elección del tipo societario, la redacción del contrato, la inscripción ante DGI y BPS, y la definición de la forma de remuneración de los socios son pasos que requieren análisis cuidadoso y asesoramiento especializado. No se trata de evadir impuestos ni de buscar vacíos legales, sino de estructurar correctamente la actividad profesional dentro del marco legal uruguayo, eligiendo la opción más eficiente y adecuada para cada caso. En sociedadesanonimas.uy contamos con más de 500 empresas constituidas, trámites 100% online y posibilidad de operar el mismo día. Si estás pensando en asociarte con otros profesionales y querés hacerlo bien desde el principio, agendá una consulta con nuestro equipo. Te asesoramos en la elección del tipo societario, redactamos el contrato, gestionamos todos los trámites y te acompañamos en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y societarias para que tu estudio funcione en regla y puedas enfocarte en lo que mejor hacés: tu profesión.

Nota: La información presentada en este artículo es de carácter general y no constituye asesoramiento legal ni fiscal

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