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Operación y gestión
26 May 2026 · 10 min de lectura

Transformación de Sociedades en Uruguay: Cómo Cambiar el Tipo Societario sin Disolver la Empresa

SA
Equipo Sociedades Anónimas

A lo largo de la vida de una empresa, las necesidades del negocio cambian. Una estructura societaria que fue ideal en el momento de constitución puede volverse insuficiente, rígida o fiscalmente inconveniente con el paso del tiempo. La buena noticia es que la legislación uruguaya permite transformar una sociedad comercial de un tipo a otro sin necesidad de disolverla ni liquidarla, preservando su continuidad jurídica, su RUT y sus relaciones contractuales.

En esta guía explicamos qué es la transformación societaria en Uruguay, cuáles son los tipos más habituales, los requisitos legales, los costos involucrados y las implicancias ante la DGI y otros organismos.

¿Qué es la Transformación de Sociedades en Uruguay?

La transformación de sociedades en Uruguay es el instituto jurídico que permite a una sociedad comercial adoptar un tipo societario diferente al que tenía originalmente, sin que eso implique su extinción ni la creación de una nueva entidad. La sociedad continúa siendo la misma persona jurídica: mantiene su RUT, sus contratos, sus deudas, sus activos y su historia comercial. Lo que cambia es su forma jurídica.

Este mecanismo está regulado por la Ley de Sociedades Comerciales N.º 16.060 y sus modificativas. La ley permite la transformación entre los distintos tipos societarios reconocidos en Uruguay: Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), Sociedad Anónima (SA), Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), Sociedad Colectiva, Sociedad en Comandita, entre otros.

La transformación no implica transmisión de patrimonio, no genera una nueva inscripción registral desde cero ni requiere novación de los contratos vigentes. Esto la convierte en una herramienta muy eficiente frente a alternativas como la disolución y reconstitución, que son mucho más costosas y complejas.

Transformar una Empresa en Uruguay sin Disolver: La Clave del Instituto

Uno de los aspectos más valorados de la transformación societaria es precisamente la posibilidad de transformar una empresa en Uruguay sin disolverla. Esto tiene consecuencias prácticas muy importantes:

  • La sociedad conserva su número de RUT y su historial tributario ante la DGI.
  • Los contratos con clientes, proveedores y empleados continúan vigentes sin necesidad de renegociarlos o reasignarlos.
  • Las habilitaciones, permisos y certificados obtenidos a nombre de la sociedad se mantienen.
  • Las deudas y obligaciones de la sociedad continúan a cargo de la misma persona jurídica.
  • No se generan hechos imponibles por transmisión patrimonial, salvo situaciones específicas que analizamos más adelante.

Esta continuidad es especialmente valiosa para empresas con antigüedad, contratos de largo plazo o certificaciones que serían difíciles de replicar en una entidad nueva.

Tipos de Transformación Societaria más Habituales en Uruguay

Transformar una SRL en SA en Uruguay

La transformación de una SRL en SA en Uruguay es uno de los cambios más frecuentes y suele responder a necesidades concretas de crecimiento: apertura a nuevos inversores, emisión de acciones, acceso a financiamiento institucional o adecuación a exigencias de socios estratégicos o fondos de inversión.

La SA ofrece mayor flexibilidad para la transferencia de participaciones (las acciones circulan con menos restricciones que las cuotas de una SRL), la posibilidad de emitir distintas clases de acciones y una estructura de gobierno más formal con directorio, lo que puede ser requerido por ciertos inversores o contrapartes internacionales.

Transformar una SA en SAS en Uruguay

La transformación de una SA en SAS en Uruguay responde habitualmente a la búsqueda de mayor simplicidad operativa y menores costos de mantenimiento. La Sociedad por Acciones Simplificada (SAS), incorporada al ordenamiento jurídico uruguayo en 2017, ofrece una estructura más ágil, con menores requisitos formales y mayor libertad para configurar el estatuto según las necesidades de los socios.

Es una opción atractiva para empresas que han crecido bajo la forma de SA pero que no requieren la estructura compleja de ese tipo societario, y que buscan reducir costos administrativos sin perder la continuidad jurídica de la entidad.

Transformación de Empresa Unipersonal a SRL en Uruguay

La transformación de una empresa unipersonal a SRL en Uruguay es un paso común para emprendedores que comenzaron operando de forma individual y que, al crecer, necesitan limitar su responsabilidad personal, incorporar socios o acceder a financiamiento bancario con una estructura más formal.

Técnicamente, la empresa unipersonal no es una persona jurídica separada de su titular, por lo que esta operación en sentido estricto implica la constitución de una nueva SRL con los activos aportados por el titular, más que una transformación en el sentido jurídico puro del término. Sin embargo, es el proceso equivalente en la práctica y puede estructurarse de forma eficiente desde el punto de vista fiscal y patrimonial.

Requisitos de la Transformación Societaria en Uruguay

Los requisitos de la transformación societaria en Uruguay varían según el tipo de sociedad de origen y destino, pero en términos generales el proceso exige:

  • Resolución social aprobatoria: los socios o accionistas deben aprobar la transformación mediante resolución adoptada con las mayorías que establezca el estatuto o, en su defecto, la ley. En muchos casos se requiere unanimidad o mayorías calificadas.
  • Balance de transformación: elaborado por contador público habilitado, refleja el estado patrimonial de la sociedad al momento de la transformación y sirve de base para la adecuación del capital al nuevo tipo societario.
  • Nuevo estatuto o contrato social: adaptado a las exigencias del tipo societario adoptado, con todas las menciones obligatorias que la ley requiere para ese tipo.
  • Escritura pública de transformación: instrumento notarial que formaliza la operación ante escribano público uruguayo.
  • Publicaciones legales: en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional, como exige la ley para las modificaciones estatutarias con efectos frente a terceros.
  • Inscripción en la Dirección General de Registros (DGR): para que la transformación tenga efectos frente a terceros.
  • Actualización ante la DGI: modificación de la inscripción del RUT para reflejar el nuevo tipo societario.

La Escritura de Transformación de Sociedades en Uruguay

El instrumento central del proceso es la escritura de transformación societaria en Uruguay. Este documento, otorgado ante escribano público, debe recoger:

  • Identificación completa de la sociedad transformada (denominación, RUT, tipo original, inscripción registral).
  • Transcripción o referencia a la resolución social que aprobó la transformación.
  • El nuevo estatuto o contrato social adaptado al tipo societario adoptado.
  • El balance de transformación aprobado por los socios.
  • La composición del capital social bajo la nueva estructura (cuotas, acciones, etc.).
  • Designación de las autoridades sociales del nuevo tipo societario (directores, síndicos, administradores, según corresponda).
  • Declaración expresa de continuidad de la persona jurídica.

La escritura debe ser otorgada con la presencia de todos los socios o sus representantes debidamente apoderados. Una vez firmada, se procede a las publicaciones legales y a la inscripción registral.

Cómo Cambiar el Tipo Societario en Uruguay: El Proceso Completo

A modo de guía práctica, el proceso para cambiar el tipo societario en Uruguay sigue estos pasos:

  1. Análisis previo: evaluación con abogado y contador de la conveniencia de la transformación, el tipo societario destino más adecuado y las implicancias fiscales.
  2. Elaboración del balance de transformación: a cargo del contador de la empresa, con fecha al día previo o al día de la transformación.
  3. Convocatoria y resolución social: reunión de socios o asamblea de accionistas que aprueba la transformación con las mayorías requeridas.
  4. Redacción del nuevo estatuto: el escribano o abogado prepara el estatuto adaptado al nuevo tipo societario.
  5. Otorgamiento de la escritura pública: firma ante escribano de la escritura de transformación.
  6. Publicaciones en Diario Oficial y diario de circulación nacional.
  7. Inscripción en la DGR: presentación de la escritura y documentos complementarios para la inscripción registral.
  8. Actualización ante la DGI y otros organismos: BPS, BCU si corresponde, y cualquier organismo sectorial relevante para la actividad de la empresa.

Transformación de Sociedades en Uruguay: Implicancias ante la DGI

Las implicancias de la transformación societaria ante la DGI en Uruguay son un aspecto crítico que debe analizarse con cuidado antes de iniciar el proceso. En términos generales:

  • No hay transmisión patrimonial gravada: dado que la misma persona jurídica continúa existiendo, en principio no se configura un hecho imponible por transmisión de activos. El RUT se mantiene y la historia tributaria de la sociedad también.
  • Cambio de régimen de tributación: si el tipo societario de destino tributa bajo un régimen diferente al de origen (por ejemplo, si la sociedad pasa a tributar IRAE cuando antes no lo hacía, o viceversa), la DGI debe ser notificada y los cambios surtirán efecto a partir de la fecha de la transformación.
  • Posibles ajustes en el IRAE: si hay activos revaluados o resultados acumulados que quedan dentro de la nueva estructura, pueden generarse ajustes contables con impacto fiscal que deben ser evaluados por el contador.
  • ITP y otros tributos: dependiendo de los activos involucrados y la estructura antes y después de la transformación, puede corresponder analizar la aplicabilidad del Impuesto de Transmisión Patrimonial u otros tributos de forma preventiva.
  • Obligaciones formales: la sociedad debe actualizar su RUT ante la DGI con el nuevo tipo societario y, si corresponde, modificar su plan de cuentas, método de liquidación del IVA u otras obligaciones formales.

La recomendación invariable es involucrar al contador desde el inicio del proceso, no solo al final para la presentación de formularios.

Costos de la Transformación Societaria en Uruguay

Los costos de una transformación societaria en Uruguay dependen de la complejidad de la operación y los profesionales intervinientes. Los componentes habituales son:

  • Honorarios del escribano: por el otorgamiento de la escritura de transformación y el nuevo estatuto. Calculados en general sobre el valor del capital social o como honorario fijo según el estudio.
  • Honorarios del contador: por la elaboración del balance de transformación y el asesoramiento fiscal previo y posterior.
  • Honorarios del abogado: si interviene en la redacción del nuevo estatuto o en el asesoramiento legal de la operación.
  • Tasas registrales (DGR): aranceles por la inscripción de la transformación.
  • Publicaciones legales: Diario Oficial y diario de circulación nacional; costo fijo relativamente acotado.

En operaciones estándar, el costo profesional y registral total puede oscilar entre USD 1.200 y USD 3.500, dependiendo del tipo de transformación, el tamaño de la empresa y los honorarios de cada estudio. Transformaciones con estructuras complejas, múltiples socios o activos de valor significativo pueden superar ese rango.

Conclusión

La transformación de sociedades en Uruguay es un mecanismo legal eficiente, seguro y relativamente accesible que permite adaptar la estructura jurídica de una empresa a sus necesidades reales sin interrumpir su actividad ni perder su identidad jurídica. Tanto si buscás transformar una SRL en SA, una SA en SAS, o adecuar cualquier otro tipo societario, el proceso está bien regulado y puede completarse en pocas semanas con el equipo profesional adecuado.

La clave está en planificar correctamente antes de iniciar: entender las implicancias fiscales ante la DGI, preparar el balance de transformación con rigor y redactar un nuevo estatuto que realmente se ajuste a los objetivos del negocio. En sociedadesanonimas.com.uy acompañamos cada transformación con asesoramiento integral, desde el análisis previo hasta la inscripción registral final.

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